Normas Clave y Señales de Tránsito en Colombia
Guía de consulta sobre las reformas de la Ley Julián Esteban (Ley 2251), la Ley de Embriaguez (Ley 1696), límites de velocidad y señales preventivas y reglamentarias evaluadas por el CALE.
Fijó la velocidad máxima en zonas urbanas en 50 km/h (anteriormente 60 km/h) y en 30 km/h en zonas residenciales, escolares y pasos peatonales con el fin de proteger la vida.
Política de Cero Tolerancia. Desde Grado Cero (20-39 mg etanol) se sanciona con 1 año de suspensión de licencia. La negativa a la prueba acarrea la cancelación definitiva de la licencia.
El Art. 86 del Código Nacional de Tránsito exige circular con las luces medias encendidas de forma permanente durante las 24 horas del día en carreteras nacionales y departamentales fuera de la ciudad.
Catálogo de Señales Evaluadas por el CALE
Clasificación oficial del Ministerio de Transporte.
SR-30: Límite Urbano de 50 km/h
Señal reglamentaria que indica la velocidad máxima permitida en vías urbanas de Colombia tras la reforma de la Ley 2251 de 2022.
SR-30: Zona Escolar (30 km/h)
Límite de velocidad estricto de 30 km/h en zonas escolares, residenciales, cruces peatonales y áreas de alta concentración ciudadana.
Prioridad al vehículo dentro del anillo giratorio
Prelación en Glorietas
El Art. 70 de la Ley 769 establece que la prelación en intersecciones rotatorias corresponde en todo caso a los vehículos que ya circulan en la glorieta.
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